Carlos Martínez, Secretario Ejecutivo del CONAP firmó 2 acuerdos de Cooperación, uno con la comunidad de San Miguel, Poptún, Petén beneficiando a 21 familias y el otro con la comunidad de San Jorge La Machaca III, El Chal Petén beneficiando a 15 familias .
En el evento de firma participaron el Alcalde Municipal de El Chal, Petén, Elías Calderón acompañado del señor Santos Ramírez presidente de COCODE; asimismo el señor Alcalde Municipal de Poptún Vicente Gil junto al señor Alejandro Saqui presidente de COCODE del caserío San Miguel, Poptún Petén, además el Director Regional del CONAP Petén, Apolinario Córdova.
Estos acuerdos permitirán coordinar y regular las actividades que garanticen la conservación, el uso y manejo adecuados de los recursos naturales y culturales, y dar cumplimiento a los compromisos recíprocos en el área, colaborando con el desarrollo de las comunidades.
Es importante resaltar que la Ley de Áreas Protegidas (Decreto 4-89), indica que las personas individuales o jurídicas que se encuentran asentadas dentro de las áreas protegidas o que en el futuro obtengan su declaratoria legal, deberán adecuar su permanencia, estos Acuerdo de Cooperación han sido firmados en el marco de la Política de Asentamientos Humanos en Áreas Protegidas legalmente declaradas.
El caserío San Miguel, se conforma un polígono de 551.96 hectáreas, en el cual se beneficia a 21 familias, está ubicado en el municipio de Poptún, Departamento de Petén, y en el caserío San Jorge la Machaca III, con un polígono de 8.45 hectáreas en el municipio de El Chal, Petén, beneficiando a 15 familias y sus descendientes directos.
El CONAP continua trabajando por la protección y conservación de las áreas protegidas y la diversidad biológica del país, dando cumplimiento a su mandato como ente rector de las áreas protegidas, garantizando también que las comunidades en las áreas protegidas cuyo establecimiento es anterior a la declaratoria, puedan regular su permanencia, esto en el marco de la Ley de Áreas Protegidas (Decreto 4-89), la cual establece que se buscarán los mecanismos para lograr hacer compatibles los asentamientos humanos con el manejo del área protegida.
¡Las áreas protegidas y la diversidad biológica promueven el desarrollo sostenible del país!
Carlos Martínez, Secretario Ejecutivo del CONAP firmó 2 acuerdos de Cooperación, uno con la comunidad de San Miguel, Poptún, Petén beneficiando a 21 familias y el otro con la comunidad de San Jorge La Machaca III, El Chal Petén beneficiando a 15 familias .
En el evento de firma participaron el Alcalde Municipal de El Chal, Petén, Elías Calderón acompañado del señor Santos Ramírez presidente de COCODE; asimismo el señor Alcalde Municipal de Poptún Vicente Gil junto al señor Alejandro Saqui presidente de COCODE del caserío San Miguel, Poptún Petén, además el Director Regional del CONAP Petén, Apolinario Córdova.
Estos acuerdos permitirán coordinar y regular las actividades que garanticen la conservación, el uso y manejo adecuados de los recursos naturales y culturales, y dar cumplimiento a los compromisos recíprocos en el área, colaborando con el desarrollo de las comunidades.
Es importante resaltar que la Ley de Áreas Protegidas (Decreto 4-89), indica que las personas individuales o jurídicas que se encuentran asentadas dentro de las áreas protegidas o que en el futuro obtengan su declaratoria legal, deberán adecuar su permanencia, estos Acuerdo de Cooperación han sido firmados en el marco de la Política de Asentamientos Humanos en Áreas Protegidas legalmente declaradas.
El caserío San Miguel, se conforma un polígono de 551.96 hectáreas, en el cual se beneficia a 21 familias, está ubicado en el municipio de Poptún, Departamento de Petén, y en el caserío San Jorge la Machaca III, con un polígono de 8.45 hectáreas en el municipio de El Chal, Petén, beneficiando a 15 familias y sus descendientes directos.
El CONAP continua trabajando por la protección y conservación de las áreas protegidas y la diversidad biológica del país, dando cumplimiento a su mandato como ente rector de las áreas protegidas, garantizando también que las comunidades en las áreas protegidas cuyo establecimiento es anterior a la declaratoria, puedan regular su permanencia, esto en el marco de la Ley de Áreas Protegidas (Decreto 4-89), la cual establece que se buscarán los mecanismos para lograr hacer compatibles los asentamientos humanos con el manejo del área protegida.
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Guatemala 7 de diciembre del 2022.
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