Consejo Nacional de Áreas Protegidas – CONAP –

LEY DE LIBRE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

Unidad de Información Pública

En el año 2008, surge del Organismo Legislativo el cuerpo legal que desarrolla los preceptos constitucionales respecto del derecho de acceso a la información pública, a través de la Ley de Libre Acceso a la Información Pública, que adquiere forma a través del Decreto 57-2008 del Congreso de la República, que entró en vigencia para la República de Guatemala el veinte de abril del año dos mil nueve, con un total de setenta y dos artículos.</p><p align=”justify”>Derivado de esto, el Honorable Consejo Nacional de Áreas Protegidas aprobó la creación de la Unidad de Acceso a la Información mediante resolución SE 02-2009 del 7 de abril de 2009 y a través de la Resolución de Consejo número 02-08-2014, de fecha veintidós de abril de dos mil catorce, aprueba la adscripción de la Unidad de Información Pública a la Unidad de Asuntos Jurídicos.</p><p align=”justify”>A través de la RESOLUCIÓN 3-13-2015, el Consejo de CONAP emite el Acuerdo interno (Acuerdo Interno No. 001-2015-CONAP), que aprueba el Reglamento Orgánico Interno del Consejo Nacional de Áreas Protegidas, mismo que no contempla dentro la estructura orgánica institucional la Unidad de Acceso a la Información Pública. Razón por la cual se somete a consideración de la Oficina Nacional de Servicio Civil, el contemplar la creación de la Unidad de Acceso a la Información Pública, contando con la aprobación de dicha entidad, tal y como queda documentado en los dictámenes DTPR-DC/2017-001 EXPTE 2016-5941-CONAP y DTPR-DC/2017-021 EXPTE 2017-6272-CONAP.

De conformidad con la Constitución Política de Guatemala toda persona tiene el derecho de conocer lo que de ella conste en archivos, fichas o informes, copias, reproducciones y certificaciones que soliciten y la exhibición de los expedientes que deseen consultar. Todos los actos de la administración son públicos y su base legal se encuentra en las siguientes leyes nacionales: ul>
  1. Constitución Política de la República de Guatemala;
  2. Decreto Número 17-73 del Congreso de la República de Guatemala, Código Penal de Guatemala;
  3. Decreto 54-86 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de la Comisión de los Derechos Humanos del Congreso de la República de Guatemala y del Procurador de los Derechos Humanos;
  4. Decreto Número 2-89 del Congreso de la República de Guatemala; Ley del Organismo Judicial de Guatemala;
  5. Decreto Número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala; Ley de Contrataciones del Estado;
  6. Decreto Número 57-2008 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Acceso a la Información Pública;
  7. Ley Orgánica del Presupuesto, Decreto 101-97 del Congreso de la República de Guatemala; y,
  8. Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado de cada Período Fiscal.

Objetivo

Dar cumplimiento a lo establecido en la Constitución Política de la República de Guatemala y en el Decreto 57-2008 del Congreso de la República de Guatemala, proporcionando a toda persona interesada en obtener en cualquier tiempo, informes, copias, reproducciones, certificaciones o exhibición de los expedientes administrativos en posesión del Consejo Nacional de Áreas Protegidas.

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