Blog Details

  • Home
  • Áreas de Recuperación Pesquera y Resiliencia Costera
Comunicación Social octubre 22, 2026 9:04 am 0 Comments

Áreas de Recuperación Pesquera y Resiliencia Costera


El Refugio de Vida Silvestre Punta de Manabique cuenta con una extensión total de 151,878 hectáreas, de las cuales 49,289 corresponden a la zona terrestre y 102,589 a la zona marina. Este sitio Ramsar forma parte del Sistema Arrecifal Mesoamericano (SAM), la segunda barrera de coral más grande del mundo. Su manejo integral se basa en la conservación de seis elementos naturales: bosques anegados, arrecifes, pastos marinos, sistemas de agua dulce y salobre, sistemas de playa y bosques bajos no inundables, ecosistemas fundamentales para mantener el equilibrio ecológico y la riqueza natural de la región.


El área protegida fue reconocida como Área de Protección Especial en febrero de 1989, conforme al Decreto Legislativo No. 4-89, Ley de Áreas Protegidas. Posteriormente, mediante el Decreto del Congreso No. 23-2005, fue declarada Refugio de Vida Silvestre, bajo la categoría III de manejo. Asimismo, debido a su importancia ecológica como humedal, en el año 2000 fue reconocida como sitio Ramsar, distinción que resalta su valor para la conservación de los ecosistemas y los recursos naturales.

El CONAP participó en el VI Congreso Nacional de Cambio Climático & IX Simposio Nacional Marino Costero, en el que destacó el papel de las áreas protegidas frente al cambio climático, con el lema “Cambio climático y sociedades costeras”. El personal del CONAP compartió experiencias sobre adaptación basada en ecosistemas, restauración y conservación de la diversidad biológica en el Congreso realizado en Puerto Barrios, Izabal.

RECURSOS MARINO COSTEROS

ÁREAS DE RECUPERACIÓN PESQUERAS:

    En Guatemala, la primera iniciativa para crear Áreas de Recuperación Pesquera fue impulsada por tres comunidades de pescadores de Bahía La Graciosa y Laguna Santa Isabel: La Graciosa, Punta Gruesa, Santa Isabel y el Comité de Trasmalleros y Manjueros de Puerto Barrios.Las Áreas de Recuperación Pesquera surgen como una necesidad de las mismas comunidades de la disminución de la pesca y por ello establecieron en forma conjunta con CONAP el resguardar de los recursos hidrobiológicos, es por ello que se estableció un Convenio con el administrador del Área Protegida -CONAP- y las comunidades de Bahía La Graciosa y Laguna Santa Isabel: La Graciosa, Santa Isabel, Punta Gruesa y el Comité de Manjueros y Trasmalleros de Puerto Barrios “Convenio de Cooperación para la Protección y Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Hidrobiológicos en Bahía La Graciosa y Laguna Santa Isabel, Refugio de Vida Silvestre Punta de Manabique (RVSPM), Izabal”.

    Este Convenio incentiva el aprovechamiento sostenible del recurso pesquero, estableciendo medidas para su administración, manejo y uso racional a fin de que el recurso sea aprovechado desde un enfoque sostenible de los recursos marinos y su biodiversidad. Los beneficiarios son todos los pescadores artesanales ya que tendrán un mayor incremento del recurso pesquero con mayor disponibilidad y tendrán acceso al desarrollo social, económico y ambiental de las comunidades y comités de pescadores firmantes e involucrados en el establecimiento de las ARP. Dentro del marco del Convenio suscrito entre CONAP y las comunidades de Bahía La Graciosa, se establecieron tres Áreas de Recuperación Pesqueras, las cuales ya están delimitadas y señalizadas con boyas, siendo estas:

    1. Polígono 1: Graciosa (Mono Rojo) con un área de 86 hectáreas.

    2. Polígono 2: Bajo La Graciosa (Punta Gruesa) con un área de 104 hectáreas.

    3. Polígono 3: Laguna Santa Isabel con un área de 122 hectáreas.

    Las tres áreas de Recuperación Pesqueras en conjunto suman 312 hectáreas. Además, se tiene 30,687 metros de co-manejo pesquero en Bahía La Graciosa y Laguna Santa Isabel

    LEGALIZACIÓN DE LAS ÁREAS DE RECUPERACIÓN PESQUERAS

    Para fortalecer la gestión, administración y el manejo de las Áreas de Recuperación Pesqueras se denoto la necesidad de contar con un instrumento regulatorio que permitiera la no pesca en estas áreas. La Ley General de Pesca y Acuicultura [Decreto 80-2002] y su Reglamento [Acuerdo Gubernativo 223-2005] no cuentan aún con el reconocimiento y la regulación para el manejo de estas nuevas categorías del recurso pesquero que son recientes en cuanto a su creación. Estas Áreas de Recuperación Pesqueras están bajo el estatus legal de los Acuerdos Ministeriales 118 y 165-2016 decretados por el Ministerio de Agricultura Ganadería y Alimentación -MAGA-, el cual actúa como una veda espacial temporal con una duración de 5 años comenzando el 16 de agosto de 2016, en donde queda totalmente prohibido la captura de todas las especies de moluscos, crustáceos y peces en la Laguna santa Isabel y los polígonos La Graciosa y Punta gruesa, ubicados dentro de Bahía La Graciosa, con el fin de conservar y disponer a futuro de los recursos pesqueros para las futuras generaciones. Actualmente las Áreas de Recuperación Pesqueras se encuentran bajo la protección de un nuevo Acuerdo Ministerial No. 213-2023 por otros 5 años de protección legal (terminando el 03 diciembre 2028).

    IMPORTANCIA ECOLOGICA DE LAS ÁREAS DE RECUPERACIÓN PESQUERAS:

    Sitios donde se resguardan especies banderas como el delfín Nariz de Botella Tursiops truncatus y del manatí Trichechus manatus, que son dos especies banderas o indicadoras del estado de salud de los ecosistemas presentes y que son claves en los procesos ecológicos de los ecosistemas, como reguladores de poblaciones de peces y regeneradores de ecosistemas marinos.

    En las Áreas de Recuperación Pesqueras de Punta de Manabique existen 23 especies de importancia comercial, las cuales son sustento en la alimentación de 7 comunidades costeras y de las áreas circundantes de Puerto Barrios, además de ser fuente de ingresos económicos. Es de resaltar que resguardando estas áreas marinas no solo se protegen la biodiversidad marina, sino también los ecosistemas como el pasto marino y el manglar, los cuales contribuyen a no solo generar oxígeno, captar dióxido de carbono 4 veces mayor a la de un árbol terrestre, ser un filtro biológico que evita la contaminación de la parte terrestre hacia la parte marina y viceversa, son agentes para la protección de la línea costera ante el impacto de tormentas y huracanes resguardando a las poblaciones costeras y al caso urbano de Puerto barrios y Santo Tomas de Castilla, etc.