El artículo 60 de la Ley de Áreas Protegidas, establece que la Secretaría Ejecutiva estará integrada con las dependencias necesarias para el buen manejo de los asuntos técnicos y administrativos del consejo, incluyendo por lo menos los departamentos de:
Planeamiento, Estudios y Proyectos;
Vida Silvestre y Manejo Forestal;
Gerencia de Unidades de Conservación.
Departamento Administrativo.
El Departamento de Planificación, contaba con 3 unidades, entre ellas la Unidad de Evaluación de Estudios de Impacto Ambiental -EIA-, cuyo objetivo era garantizar el cumplimiento de los objetivos institucionales, a través del análisis y evaluación de los instrumentos de evaluación de Impacto Ambiental, de proyectos y actividades a desarrollarse dentro de los límites del Sistema Guatemalteco de Áreas Protegidas, coordinar con otras entidades estatales actividades relacionadas con los estudios de impacto ambiental e implementar y desarrollar los procedimientos apropiados, para la evaluación de Estudios de Impacto Ambiental. La Unidad de Estudios de Impacto Ambiental contaba con una distribución jerárquica, que incluía un Coordinador de unidad y varios técnicos de evaluación. La Resolución 05-10-2010, emitida por el Honorable Consejo Nacional de Áreas Protegida, resuelve delegar a la Secretaría Ejecutiva del -CONAP-, la facultad para emitir opinión en los expedientes de solicitud de aprobación de evaluación de Impacto Ambiental, a los que se refieren los artículos 20 y 21 del Decreto No. 4-89 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Áreas Protegidas. La Resolución 03-13-2015 “Reglamento Orgánico Interno del Consejo Nacional de Áreas Protegidas”, da vida a la Dirección de Gestión Ambiental como órgano sustantivo normativo, responsable de dirigir y ejecutar la evaluación, control, seguimiento y monitoreo de proyectos que se fundamentan en instrumentos ambientales de proyectos, obras, industrias o actividades dentro del Sistema Guatemalteco de Áreas Protegidas y lo correspondiente a la diversidad biológica.
Base legal de la Dirección de Gestión Ambiental
Constitución Política de la República de Guatemala;
Decreto Número 4-89 y sus Reformas del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Áreas Protegidas;
Acuerdo Gubernativo Número 759-90 del Presidente de la República, Reglamento de la Ley de Áreas Protegidas; y,
Artículo 14, del Acuerdo Interno No.: 001-2015 ROI-CONAP, de fecha dieciséis de junio de dos mil quince, aprobado mediante el punto cuarto de la Resolución 03-13-2015, del Consejo Nacional de Áreas Protegidas CONAP-, de fecha dieciséis de junio de mil quince.
Misión de la Dirección de Gestión Ambiental
Contribuir en la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica y las áreas protegidas de Guatemala, así como los bienes y servicios naturales que estas proveen a las presentes y futuras generaciones, a través de diseñar, coordinar y velar por la aplicación de las Leyes, Planes Maestros y normas ambientales, en la evaluación de Impacto Ambiental de proyectos dentro y fuera de áreas Protegidas de Guatemala, con el apoyo de otros actores.
Visión de la Dirección de Gestión Ambiental
La Dirección de Gestión Ambiental del Consejo Nacional de Áreas Protegidas, es reconocida por su trabajo efectivo con otros actores en asegurar la conservación y el uso sostenible de las áreas protegidas, y los bienes y servicios ambientales generados por la diversidad biológica de Guatemala, a través de la evaluación y seguimiento a los instrumentos ambientales, que amparan actividades dentro y fuera del Sistema Guatemalteco de Áreas Protegidas.
Objetivo general de la Dirección de Gestión Ambiental
Desempeñar las actividades necesarias en el proceso de Gestión Ambiental, para proyectos, obras, industrias o actividades que se desarrollen dentro del Sistema Guatemalteco de Áreas Protegidas.
Objetivos específicos de la Dirección de Gestión Ambiental
Definir los procedimientos internos sobre el manejo de instrumentos de valuación, control, seguimiento y monitoreo ambiental a proyectos, obras, industrias o actividades a ejecutarse dentro del -SIGAP- y lo correspondiente a la diversidad biológica;
Coordinar interinstitucionalmente la implementación y seguimiento a convenios, resoluciones, cartas de entendimiento y acuerdos de Gestión Ambiental a implementarse dentro del SIGAP y lo correspondiente a la diversidad biológica;
Emitir opinión técnica en su área de especialidad, en actividades que impacten el medio ambiente, que sustenten su manejo en instrumentos ambientales dentro del SIGAP y lo correspondiente a la diversidad biológica;
Identificar y definir las líneas temáticas para la capacitación y formación interna y externa, en materias competentes al área de especialización de la dirección;
Efectuar monitoreo a las Direcciones Regionales con la finalidad de verificar el cumplimiento de las diferentes disposiciones, normativas y actualizaciones correspondientes a la gestión ambiental; y,
Realizar monitoreo para verificar el cumplimiento de las medidas de mitigación a proyectos ejecutados dentro del SIGAP.
Funciones establecidas en el Reglamento Orgánico Interno -ROI-:
La Dirección de Gestión Ambiental es el órgano sustantivo normativo responsable de dirigir y ejecutar la evaluación, control, seguimiento y monitoreo de proyectos que se fundamentan en instrumentos ambientales de proyectos, obras, industrias o actividades dentro del Sistema Guatemalteco de Áreas Protegidas y lo correspondiente a la diversidad biológica. Para el logro de sus objetivos desarrollará las funciones siguientes:
Definir y divulgar el protocolo para que los proponentes verifiquen la factibilidad ambiental de sus proyectos previo a desarrollar el instrumento ambiental que sustente a los proyectos, obras, industrias o actividades dentro del SIGAP y lo concerniente a la diversidad biológica;
Definir los procedimientos internos sobre el manejo de instrumentos de valuación, control, seguimiento y monitoreo ambiental a proyectos, obras, industrias o actividades a ejecutarse o ejecutados (en funcionamiento) dentro del SIGAP y lo correspondiente a la diversidad biológica;
Coordinar interinstitucionalmente la implementación y seguimiento a convenios, resoluciones, cartas de entendimiento y acuerdos de gestión ambiental a implementarse dentro del SIGAP y lo correspondiente a diversidad biológica;
Asesorar a funcionarios públicos, colaboradores del CONAP y usuarios en general sobre el procedimiento de gestión ambiental dentro del SIGAP y lo correspondiente a diversidad biológica;
Verificar la ubicación geográfica de los proyectos obras, industrias o actividades con base en las herramientas y bases de datos generados por el sistema de información geográfica institucional;
Efectuar monitoreo constante en las Direcciones Regionales, dentro del área de su competencia, a fin de verificar el cumplimiento de las diferentes disposiciones y normativas que se emitan, y proponer y presentar los cambios y actualizaciones que sean necesarios, como resultado de las visitas realizadas;
Identificar y definir líneas temáticas para la capacitación y formación interna y externa de forma permanente, en materias competentes al área de especialidad de la Dirección;
Emitir opinión técnica en su área de especialidad, sobre proyectos que tengan actualmente o que en el futuro desarrollen instalaciones o actividades comerciales, industriales, turísticas, pesqueras, forestales, agropecuarios, experimentales, transporte o cualquier otra actividad que impacte el medio ambiente, que sustente su manejo en instrumentos ambientales dentro del SIGAP y lo concerniente a la diversidad biológica;
Desarrollar actividades de monitoreo y seguimiento de las medidas de prevención, mitigación y/o compensación ambiental incluidas en los instrumentos ambientales y contratos suscritos en las que el CONAP previamente haya establecido;
Diseñar y desarrollar planes y programas de capacitación y entrenamiento del procedimiento de evaluación, control, seguimiento y monitoreo ambiental de proyectos a ejecutar y ejecutados dentro del SIGAP y lo concerniente a la diversidad biológica;
Desarrollar instrumentos para sistematizar el procedimiento de gestión ambiental de la institución;
Efectuar monitoreo constante en las Direcciones Regionales, dentro del área de su competencia, a fin de verificar el cumplimiento de las diferentes disposiciones y normativas que se emitan, y proponer y presentar los cambios y actualizaciones que sean necesarios, como resultado de las visitas realizadas;
Enviar a donde corresponda la información requerida para la elaboración de la Memoria de Labores y Plan Operativo Anual; y,
Realizar otras funciones que le sean asignadas por la autoridad superior inmediata, dentro del ámbito de su competencia.
El artículo 60 de la Ley de Áreas Protegidas, establece que la Secretaría Ejecutiva estará integrada con las dependencias necesarias para el buen manejo de los asuntos técnicos y administrativos del consejo, incluyendo por lo menos los departamentos de:
El Departamento de Planificación, contaba con 3 unidades, entre ellas la Unidad de Evaluación de Estudios de Impacto Ambiental -EIA-, cuyo objetivo era garantizar el cumplimiento de los objetivos institucionales, a través del análisis y evaluación de los instrumentos de evaluación de Impacto Ambiental, de proyectos y actividades a desarrollarse dentro de los límites del Sistema Guatemalteco de Áreas Protegidas, coordinar con otras entidades estatales actividades relacionadas con los estudios de impacto ambiental e implementar y desarrollar los procedimientos apropiados, para la evaluación de Estudios de Impacto Ambiental. La Unidad de Estudios de Impacto Ambiental contaba con una distribución jerárquica, que incluía un Coordinador de unidad y varios técnicos de evaluación. La Resolución 05-10-2010, emitida por el Honorable Consejo Nacional de Áreas Protegida, resuelve delegar a la Secretaría Ejecutiva del -CONAP-, la facultad para emitir opinión en los expedientes de solicitud de aprobación de evaluación de Impacto Ambiental, a los que se refieren los artículos 20 y 21 del Decreto No. 4-89 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Áreas Protegidas. La Resolución 03-13-2015 “Reglamento Orgánico Interno del Consejo Nacional de Áreas Protegidas”, da vida a la Dirección de Gestión Ambiental como órgano sustantivo normativo, responsable de dirigir y ejecutar la evaluación, control, seguimiento y monitoreo de proyectos que se fundamentan en instrumentos ambientales de proyectos, obras, industrias o actividades dentro del Sistema Guatemalteco de Áreas Protegidas y lo correspondiente a la diversidad biológica.
Base legal de la Dirección de Gestión Ambiental
Misión de la Dirección de Gestión Ambiental
Contribuir en la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica y las áreas protegidas de Guatemala, así como los bienes y servicios naturales que estas proveen a las presentes y futuras generaciones, a través de diseñar, coordinar y velar por la aplicación de las Leyes, Planes Maestros y normas ambientales, en la evaluación de Impacto Ambiental de proyectos dentro y fuera de áreas Protegidas de Guatemala, con el apoyo de otros actores.
Visión de la Dirección de Gestión Ambiental
La Dirección de Gestión Ambiental del Consejo Nacional de Áreas Protegidas, es reconocida por su trabajo efectivo con otros actores en asegurar la conservación y el uso sostenible de las áreas protegidas, y los bienes y servicios ambientales generados por la diversidad biológica de Guatemala, a través de la evaluación y seguimiento a los instrumentos ambientales, que amparan actividades dentro y fuera del Sistema Guatemalteco de Áreas Protegidas.
Objetivo general de la Dirección de Gestión Ambiental
Desempeñar las actividades necesarias en el proceso de Gestión Ambiental, para proyectos, obras, industrias o actividades que se desarrollen dentro del Sistema Guatemalteco de Áreas Protegidas.
Objetivos específicos de la Dirección de Gestión Ambiental
Funciones establecidas en el Reglamento Orgánico Interno -ROI-:
La Dirección de Gestión Ambiental es el órgano sustantivo normativo responsable de dirigir y ejecutar la evaluación, control, seguimiento y monitoreo de proyectos que se fundamentan en instrumentos ambientales de proyectos, obras, industrias o actividades dentro del Sistema Guatemalteco de Áreas Protegidas y lo correspondiente a la diversidad biológica. Para el logro de sus objetivos desarrollará las funciones siguientes:
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